Es la tercera sentencia de un tribunal español ajustándose al criterio europeo
 El Tribunal Constitucional (TC) ha realizado un serio correctivo a 
dos juzgados de Madrid por cerrar de forma precipitada la denuncia por 
torturas que llevó a cabo en 2010 Irati Mujika, que permaneció varios 
días incomunicada tras ser detenida por la Guardia Civil en 2009 en 
Amezketa dentro de un operativo contra Segi. Se trata de la tercera 
revisión en pocos meses de fallos de tribunales españoles por no haber 
investigado con todas las garantías denuncias de torturas, después de la
 anulación de la condena a Iñigo Zapirain y Beatriz Etxebarria en julio 
por el Tribunal Supremo y la reapertura del caso de Garazi Rodríguez 
decretada en agosto por el TC. Todo ello en un contexto en el que el 
Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha condenado hasta en ocho 
ocasiones al Estado español por procesos de instrucción insuficientes en
 el caso de presuntas torturas.
El Tribunal Constitucional (TC) ha realizado un serio correctivo a 
dos juzgados de Madrid por cerrar de forma precipitada la denuncia por 
torturas que llevó a cabo en 2010 Irati Mujika, que permaneció varios 
días incomunicada tras ser detenida por la Guardia Civil en 2009 en 
Amezketa dentro de un operativo contra Segi. Se trata de la tercera 
revisión en pocos meses de fallos de tribunales españoles por no haber 
investigado con todas las garantías denuncias de torturas, después de la
 anulación de la condena a Iñigo Zapirain y Beatriz Etxebarria en julio 
por el Tribunal Supremo y la reapertura del caso de Garazi Rodríguez 
decretada en agosto por el TC. Todo ello en un contexto en el que el 
Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha condenado hasta en ocho 
ocasiones al Estado español por procesos de instrucción insuficientes en
 el caso de presuntas torturas. 
El caso de Irati Mujika se remonta al 24 de noviembre de 2009, 
cuando fue detenida en una macroredada contra Segi. Tras su traslado a 
dependencias de la Dirección General de la Guardia Civil en Madrid, 
donde permaneció incomunicada hasta el 27 de noviembre, fue puesta a 
disposición judicial, y se decretó su ingreso en prisión una vez prestó 
declaración. En junio de 2014 fue absuelta junto a otros jóvenes por la 
Audiencia Nacional de la acusación de pertenecer a la formación juvenil 
ilegalizada. Antes, el 8 de abril de 2010, presentó ante el Juzgado de 
guardia de Donostia una denuncia por un delito de torturas en el periodo
 que estuvo bajo arresto. 
Según su relato, durante su traslado a Madrid estuvo con las 
“manos atadas por una cuerda” y, en parte del trayecto, con una bolsa de
 plástico en la cabeza. En este viaje, dos agentes de la Guardia Civil 
le preguntaron “tonterías” para obligarla a hablar. Agregó que estos dos
 hombres le aconsejaron que “era mejor que contestara a esas cosas” 
porque, cuanto más tarde lo hiciese, “sería peor” y le aseguraron que 
eran “torturadores, más que los nacionales”. Asimismo, denunció que en 
las dependencias de Madrid pasó “casi todo el tiempo con los ojos 
cubiertos” y que fue forzada a hacer ejercicios físicos hasta que las 
rodillas le hacían “clac”. “Aunque recibí algún golpe, no fue lo más 
habitual... Intentaban asustarme acercándose a mi lado, echándome el 
aliento, colocándose junto a mí, gritándome al oído”, relató Mujika en 
su denuncia. Agregó que en una ocasión la desnudaron y la amenazaron con
 violarla. 
El Juzgado número 4 de Donostia, que incoó las diligencias 
previas, se inhibió en favor de los juzgados de Madrid. El 2 de octubre 
de 2012, el Juzgado de Instrucción número 14 de la capital del Estado 
dictó auto decretando el sobreseimiento provisional de la denuncia por 
presuntas torturas. La demandante interpuso recurso de reforma y 
subsidiario de apelación, que fue a su vez rechazado por el mismo 
juzgado el 21 de enero 2013, decisión ratificada el 7 de marzo siguiente
 por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Madrid. 
Instrucción ineficaz En 
una resolución del 19 de septiembre, publicada ayer en el BOE, la Sala 
Primera del Tribunal Constitucional anula estas últimas decisiones y 
devuelve el proceso a su momento inicial. Considera que han sido 
violados los derechos a la integridad física y moral de la demandante; 
se ha vulnerado asimismo la tutela judicial efectiva y no ha tenido un 
proceso con todas las garantías porque no ha habido una investigación 
judicial suficiente de los hechos. 
Para el alto tribunal, los argumentos utilizados para cerrar la 
instrucción “no reflejan una investigación oficial eficaz como sinónimo 
de agotar cuantas posibilidades razonables de indagación resulten útiles
 para aclarar los hechos”. Así, reprocha que aún quedaban “medios de 
instrucción disponibles” para continuar la investigación de los malos 
tratos denunciados. Añade que “existe una concordancia” entre la 
denuncia, los reconocimientos forenses y la fecha en la que se 
produjeron las declaraciones, lo que “revela que las circunstancias no 
serían incompatibles con los malos tratos denunciados”.
Fuente: noticiasdealava.com
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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