El Constitucional ordena reabrir un presunto caso de torturas no investigado

Es la tercera sentencia de un tribunal español ajustándose al criterio europeo
 
El Tribunal Constitucional (TC) ha realizado un serio correctivo a dos juzgados de Madrid por cerrar de forma precipitada la denuncia por torturas que llevó a cabo en 2010 Irati Mujika, que permaneció varios días incomunicada tras ser detenida por la Guardia Civil en 2009 en Amezketa dentro de un operativo contra Segi. Se trata de la tercera revisión en pocos meses de fallos de tribunales españoles por no haber investigado con todas las garantías denuncias de torturas, después de la anulación de la condena a Iñigo Zapirain y Beatriz Etxebarria en julio por el Tribunal Supremo y la reapertura del caso de Garazi Rodríguez decretada en agosto por el TC. Todo ello en un contexto en el que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha condenado hasta en ocho ocasiones al Estado español por procesos de instrucción insuficientes en el caso de presuntas torturas. 

El caso de Irati Mujika se remonta al 24 de noviembre de 2009, cuando fue detenida en una macroredada contra Segi. Tras su traslado a dependencias de la Dirección General de la Guardia Civil en Madrid, donde permaneció incomunicada hasta el 27 de noviembre, fue puesta a disposición judicial, y se decretó su ingreso en prisión una vez prestó declaración. En junio de 2014 fue absuelta junto a otros jóvenes por la Audiencia Nacional de la acusación de pertenecer a la formación juvenil ilegalizada. Antes, el 8 de abril de 2010, presentó ante el Juzgado de guardia de Donostia una denuncia por un delito de torturas en el periodo que estuvo bajo arresto. 

Según su relato, durante su traslado a Madrid estuvo con las “manos atadas por una cuerda” y, en parte del trayecto, con una bolsa de plástico en la cabeza. En este viaje, dos agentes de la Guardia Civil le preguntaron “tonterías” para obligarla a hablar. Agregó que estos dos hombres le aconsejaron que “era mejor que contestara a esas cosas” porque, cuanto más tarde lo hiciese, “sería peor” y le aseguraron que eran “torturadores, más que los nacionales”. Asimismo, denunció que en las dependencias de Madrid pasó “casi todo el tiempo con los ojos cubiertos” y que fue forzada a hacer ejercicios físicos hasta que las rodillas le hacían “clac”. “Aunque recibí algún golpe, no fue lo más habitual... Intentaban asustarme acercándose a mi lado, echándome el aliento, colocándose junto a mí, gritándome al oído”, relató Mujika en su denuncia. Agregó que en una ocasión la desnudaron y la amenazaron con violarla. 

El Juzgado número 4 de Donostia, que incoó las diligencias previas, se inhibió en favor de los juzgados de Madrid. El 2 de octubre de 2012, el Juzgado de Instrucción número 14 de la capital del Estado dictó auto decretando el sobreseimiento provisional de la denuncia por presuntas torturas. La demandante interpuso recurso de reforma y subsidiario de apelación, que fue a su vez rechazado por el mismo juzgado el 21 de enero 2013, decisión ratificada el 7 de marzo siguiente por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Madrid. 

Instrucción ineficaz En una resolución del 19 de septiembre, publicada ayer en el BOE, la Sala Primera del Tribunal Constitucional anula estas últimas decisiones y devuelve el proceso a su momento inicial. Considera que han sido violados los derechos a la integridad física y moral de la demandante; se ha vulnerado asimismo la tutela judicial efectiva y no ha tenido un proceso con todas las garantías porque no ha habido una investigación judicial suficiente de los hechos. 

Para el alto tribunal, los argumentos utilizados para cerrar la instrucción “no reflejan una investigación oficial eficaz como sinónimo de agotar cuantas posibilidades razonables de indagación resulten útiles para aclarar los hechos”. Así, reprocha que aún quedaban “medios de instrucción disponibles” para continuar la investigación de los malos tratos denunciados. Añade que “existe una concordancia” entre la denuncia, los reconocimientos forenses y la fecha en la que se produjeron las declaraciones, lo que “revela que las circunstancias no serían incompatibles con los malos tratos denunciados”.

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